La transformación del ecosistema comunicacional —redes sociales, influenciadores digitales, podcasts, plataformas abiertas de video— ha puesto en primer plano la urgencia de que el marketing farmacéutico cumpla con estándares más allá de lo creativo: hacerse con la legalidad como pilar. Si bien las reglas existentes han sido claras por décadas en los medios tradicionales, su aplicación en el mundo online evidencia vacíos, ambigüedades y un desfase normativo peligroso.
Para empezar, la publicidad de medicamentos hacia el público general está sujeta a condiciones muy específicas. No todos los productos pueden promocionarse; sólo aquel medicamento que no sea financiado con fondos públicos, diseñado para uso sin prescripción médica (aunque pueda requerirse intervención farmacéutica), que no contenga sustancias psicotrópicas o estupefacientes, y que cuente con autorización oficial para su mercado y para todas sus indicaciones.
En cuanto al contenido del mensaje, existen principios fundamentales: debe identificarse claramente como publicidad; debe ofrecer información objetiva, evitar promesas de eficacia exageradas; incluir nombre del medicamento, información esencial para su uso racional, advertencias y una invitación explícita para que el usuario revise el prospecto y consulte al farmacéutico si tiene dudas.
Las “líneas rojas” son especialmente críticas: está prohibido asegurar efectos sin evidencia, omitir riesgos o efectos secundarios, usar comparaciones no autorizadas frente a otros tratamientos, apelar al miedo o al rendimiento deportivo, utilizar testimonios de personajes públicos para fomentar su uso, o inducir a error con afirmaciones de que el medicamento es “natural” o equiparable a productos de consumo menos regulados.
El entorno digital reproduce esas obligaciones de manera íntegra, pero añade complejidad. Las plataformas sociales exigen identificar adecuadamente cuándo un contenido es publicidad; evitar piezas informativas que actúen como publicidad encubierta; restringir promociones de medicamentos con receta a públicos profesionales; transparencias delante del público general; asegurar que los espacios de opinión no se transformen en canal de publicidad no regulada.
Se espera que en breve se actualicen normas marco: en España, por ejemplo, se trabaja en la revisión del Real Decreto sobre publicidad de medicamentos de uso humano, así como de la normativa relativa a productos sanitarios. Esto incluye ajustar disposiciones antiguas para que abarquen redes sociales, influencers, plataformas digitales y nuevos formatos de comunicación.
El gran desafío no es solo que la normativa exista, sino que sea coherente, clara, aplicable, y que las autoridades posean la capacidad de supervisar y sancionar prácticas indebidas, para así asegurar la protección al consumidor. En paralelo, la industria misma debe comprometerse con la formación continua, la ética en la comunicación y la transparencia en sus mensajes, ya que de ello depende la confianza pública y la salud colectiva.
Fuente: PM Farma.